Licencia turística en Galicia (VUT): guía completa 2026
Gestionar alquileres vacacionales de corta estancia en Galicia obliga a vigilar de cerca normativas locales y regionales muy cambiantes. Te explicamos cómo rellenar la declaración responsable paso a paso y asegurar tu negocio ante las inspecciones.

¿Sigo necesitando licencia turística aunque el NRA fue anulado?
Un volantazo judicial ha cambiado las reglas del juego del alquiler vacacional. Tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo del 19 de mayo de 2026, el controvertido Número de Registro de Alquiler (NRA), que surgió con el Real Decreto 1312/2024, ha quedado anulado. Aunque esto supone el fin del registro centralizado que pretendía imponer el Gobierno español, la realidad sobre el terreno cambia poco el día a día de los propietarios.
Y es que la normativa autonómica no se ve en ningún caso alterada. El requisito de contar con la licencia turística de Galicia, vinculada al Decreto 12/2017, continúa siendo obligatorio para las viviendas de uso turístico en Galicia.
Además, el Reglamento UE 2024/1028 obliga a las plataformas de alquiler vacacional a exigir un identificador legal para poder anunciar cualquier inmueble. Al desaparecer el NRA, el código VUT regional vuelve a ser el único documento válido para operar sin riesgo a sanciones.
La única buena noticia colateral es económica. Quienes pasaron por caja y abonaron la tasa de 32,73 euros exigida por el extinto registro estatal, están de enhorabuena, ya que pueden reclamar su reembolso.
Requisitos de la vivienda
El Decreto 12/2017 establece unos requisitos mínimos de habitabilidad, equipamiento y seguridad para garantizar que las viviendas turísticas ofrezcan unas condiciones adecuadas de uso. A la hora de explotar un inmueble en el sector del alquiler vacacional, la administración exige que esté completamente amueblado, equipado con electrodomésticos y provisto de menaje y ropa de cama y baño listos para su uso inmediato.
Además, los requisitos de las viviendas de uso turístico en Galicia exigen que la climatización sea obligatoria. Cada piso de vacaciones debe contar con calefacción, salvo que el propietario restrinja formalmente la actividad a los meses de verano, es decir, de junio a septiembre.
En cuanto al servicio de atención al huésped, es imprescindible ofrecer un teléfono de incidencias operativo las 24 horas y disponer de las hojas de reclamaciones de turismo de la Xunta, cuya existencia debe anunciarse mediante un cartel visible para los usuarios.
El principal cambio actual, sin embargo, procede del ámbito vecinal: desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 permite a las comunidades de propietarios ejercer un mayor control sobre las viviendas turísticas. Esta norma endurece drásticamente los requisitos para tramitar una licencia turística en Galicia si el piso se ubica en un edificio en régimen de propiedad horizontal.
Ahora, el promotor necesita el consentimiento expreso de la junta de propietarios, puesto que se requiere el voto favorable del 60 % tanto de los coeficientes como de los titulares. Sin este acuerdo firmado, cualquier proyecto carece por completo de validez legal.
Documentos necesarios
La burocracia gallega funciona bajo el principio de simplificación mediante una declaración responsable. Al firmar este documento oficial, el titular manifiesta cumplir con todos los requisitos legales sin tener que aportar los papeles de inicio.
Sin embargo, la inspección de turismo realiza controles periódicos, por lo que resulta inviable iniciar la actividad sin contar con toda la documentación original en regla. Este expediente debe incluir las escrituras notariales o una nota simple del Registro de la Propiedad con una antigüedad inferior a los tres meses.
En el plano urbanístico, se exige la licencia de primera ocupación o un certificado municipal que descarte infracciones.
Asimismo, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil específico para alojamiento turístico que cubra tanto a los huéspedes como los posibles daños en las zonas comunes. Por último, resulta imprescindible el acta comunitaria que certifique el voto favorable del 60 % de los vecinos (tres quintos del total).

Cómo tramitar la VUT: paso a paso
Tramitar la licencia VUT en Galicia comprende cuatro fases:
- El primer paso consiste en abonar una tasa única de registro que asciende a 60,98 euros, gestión que se realiza mediante la Oficina Virtual Tributaria, dentro del espacio de la Axencia Galega de Turismo bajo el código de tasa 311901.
- Una vez completado el pago, el segundo trámite exige cumplimentar la declaración responsable oficial, un documento disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia que corresponde al Anexo V del Decreto 12/2017.
- El tercer paso se centra en la presentación formal de toda la documentación. El titular puede realizar la solicitud de manera telemática a través del procedimiento específico TU986D, empleando para ello un certificado electrónico válido o el sistema Chave365. Si se prefiere la vía tradicional, también es posible acudir de manera presencial al Área Provincial de la Agencia Turismo de Galicia de la provincia que corresponda.
- Por último, tras la verificación administrativa, el propietario recibe el código oficial de la VUT, un identificador obligatorio que deberá figurar en cualquiera de los anuncios publicados en las plataformas de alquiler vacacional.
Restricciones municipales
El visto bueno de la Xunta no sirve de nada si el ayuntamiento aplica sus propias trabas urbanísticas. Santiago de Compostela, por ejemplo, mantiene una moratoria total que bloquea nuevos alojamientos en el casco histórico.
Por otro lado, A Coruña prohíbe las VUT en plantas intermedias, por lo que quedan limitadas a los bajos o primeras plantas. Pontevedra, por su parte, exige licencias de actividad específicas. Con este panorama, consultar al departamento de urbanismo del municipio es el primer paso antes de realizar cualquier inversión.
Obligaciones continuas tras el registro
Tramitar la declaración responsable vincula al propietario a un control diario estricto que monitorizan la policía y la administración autonómica. El paso más crítico es el registro de viajeros mayores de dieciséis años, cuyos datos deben enviarse obligatoriamente a la plataforma estatal SES.HOSPEDAJES en un plazo máximo de veinticuatro horas desde su llegada.
A nivel autonómico, la gestión turística exige comunicar las estadísticas de ocupación de forma trimestral mediante el portal oficial TURESPAZO. La Xunta utiliza estos datos para analizar los flujos de visitantes y sanciona rigurosamente la falta de comunicación.
Cualquiera puede comprobar el código de registro turístico en Galicia a través del buscador abierto del REAT. Este directorio permite verificar que la vivienda sigue operativa y que no ha sido dada de baja de oficio por una inspección desfavorable.
Cómo puede ayudar Holidu a los propietarios
Coordinar las exigencias de la Xunta y los ayuntamientos genera inseguridad jurídica para los propietarios. Para eliminar esos riesgos, el equipo especializado de Holidu monitoriza en España cada cambio regulatorio que se publica en los boletines oficiales. Esta actividad constante permite ofrecer respuestas eficaces ante las exigencias de TURESPAZO o las trabas urbanísticas de ciudades como A Coruña y Santiago, lo cual ayuda al propietario a proteger sus ingresos.
Por otro lado, la gestión de los anuncios en múltiples plataformas es el otro pilar esencial. El software de gestión de Holidu centraliza toda la información del alojamiento en un único sistema. El propietario introduce el código VUT una sola vez y la herramienta comprueba su validez conforme al Reglamento UE 2024/1028 y lo publica automáticamente en todos los portales de reservas.
Esta sincronización automática evita errores manuales y garantiza que los anuncios permanezcan activos y visibles para viajeros internacionales.
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