Declaración de la renta para alquileres vacacionales
Te explicamos todo lo que debes saber para declarar de forma correcta tus ingresos asociados a una vivienda vacacional.

Noviembre 2025
Los alquileres vacacionales y las casas de vacaciones se han convertido en los últimos años en una forma de obtener ingresos para muchas familias y pequeños propietarios. Es una actividad en continuo crecimiento en ciudades y pueblos que viven mayoritariamente del turismo. Obviamente, el hecho de alquilar una vivienda vacacional implica unas responsabilidades fiscales que no todas las personas que emprenden negocios turísticos conocen bien.
Por ello, en este texto vamos a explicar en profundidad qué ganancias hay que declarar a nivel legal, qué gastos pueden desgravarse a día de hoy, cuáles son las obligaciones fiscales más relevantes y cómo evitar equivocaciones comunes. Además, te daremos algunos trucos que pueden facilitarte todos los trámites burocráticos. Sigue leyendo y toma nota de nuestros consejos.
Cómo tributar el alquiler vacacional: ingresos a declarar a Hacienda
En primer lugar, cabe señalar que el dinero que se factura por alquilar una casa o un inmueble vacacional hay que declararlo a Hacienda, ya que las leyes españolas lo consideran un rendimiento de bienes raíces; es decir, un bien o una propiedad vinculado a la tierra y a la construcción.
Tanto si se alquila de un modo ocasional como permanente, la operación debe quedar registrada legalmente en la Agencia Tributaria, ya que está considerada como una actividad económica. Consulta, a continuación, qué ingresos debes declarar:
- El precio del alquiler de la vivienda vacacional. Este apartado engloba lo recaudado no solo por medio de las estancias, sino también por los servicios aparejados a ella, tales como limpieza, servicios de asesoramiento o tours por la ciudad.
- Los depósitos que no hayan sido devueltos. En muchas ocasiones, los huéspedes o clientes incumplen con el contrato. Como consecuencia, el propietario retiene y recauda parte del depósito o de la fianza. Ese dinero también debe ser declarado.
- Las ayudas o subvenciones estatales para el alquiler vacacional. Existen varios tipos de ayudas para el alquiler turístico; de sostenibilidad ambiental, de emprendimiento, de digitalización, de reformas, etc. Estas subvenciones, si proceden del Estado, también deben constar en la declaración de la renta.
Es preciso señalar que las principales plataformas de alquiler vacacional que operan en España tienen la obligación de informar al Estado de cada acuerdo que se registre entre propietarios y huéspedes, así que la Agencia Tributaria podría cotejar los datos para comprobar su veracidad. Ojo con eso.
Gastos deducibles en la declaración de la renta de los alquileres vacacionales
Dedicarse al alquiler vacacional como negocio también puede reportar algunas ventajas. Por ejemplo, existe la opción de deducir o desgravar de la actividad alguno de los gastos asociados. Esto podría favorecer el balance de cuentas final de los propietarios e influir en que el negocio sea más rentable. Los gastos que se suelen deducir son los siguientes:
- La limpieza de las habitaciones y/o de la vivienda vacacional antes de la llegada de cada huésped.
- Comunidad de vecinos y suministros. Y es que si el apartamento se encuentra en un edificio con gastos compartidos, el propietario podrá desgravar la luz, el agua, el gas, etc. durante el tiempo que dure el alquiler, como es obvio.
- Amortización del inmueble. Se estima que, en la actualidad, se sitúa en el 3 % anual sobre el valor catastral, no sobre lo que costó la propiedad. Tenlo muy en cuenta.
- Comisiones de plataformas y publicidad. Se trata del porcentaje de dinero que se destina a plataformas de alquiler vacacional como Airbnb, Holidu o Booking. Son gastos que podrías deducir.
- Asesoramiento y servicios legales. Y no olvidemos los honorarios, de gestores o abogados, que puedan estar relacionados con el negocio del alquiler vacacional.
Pero, mucha atención: los gastos solo se pueden deducir si están justificados con facturas válidas legalmente y si tienen que ver directamente con el alquiler vacacional. No se puede recopilar facturas de otras actividades y deducirlas como parte de la actividad del alquiler turístico. Cuidado porque podrías encarar una sanción desagradable.

Principales obligaciones fiscales de los propietarios
Como es evidente, aquellas personas físicas o jurídicas que se dedican al alquiler o a la gestión de los alquileres vacacionales están sujetas a una serie de deberes fiscales. Repasemos las obligaciones ineludibles:
- La declaración en el IRPF es esencial. Si alquilas tu propiedad de forma esporádica, esos ingresos se incluyen en la declaración de la renta, más específicamente, a modo de rendimientos del capital inmobiliario. Ahora bien, si el alquiler vacacional es una actividad habitual o prolongada, es decir, si lo haces más de 30 días al año o quizás tienes varias propiedades, podría considerarse una actividad económica. Entonces, habrás de tributar en el régimen de autónomos. Analiza tu situación de forma pormenorizada y, si no tienes la seguridad suficiente, busca asesoramiento legal y jurídico. Un/a abogado/a o una consultoría podría serte de gran ayuda.
- El IVA, aunque no siempre. En condiciones normales, alquilar una vivienda está exento de IVA, pero si ofreces en tu catálogo “servicios extra” como el desayuno o la limpieza diaria, ahí sí podría aplicarse un 10 % de IVA.
- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que debe pagar todo propietario de un inmueble.
- En algunas latitudes, como Baleares y Cataluña, también tendrás que pagar la tasa turística, un impuesto de alquiler turístico que se aplica por cada pernoctación y huésped. Lo recaudado va directamente a las arcas del erario municipal para, en teoría, garantizar un turismo sostenible y con mejores servicios en el futuro.
Consejos prácticos y errores comunes en la declaración de la renta de alquileres vacacionales
Uno de los errores más comunes en los que incurren los propietarios es que no declaran todo lo que ganan. Mucha gente solo declara la información de las plataformas digitales tipo Airbnb o Booking, pero la Agencia Tributaria se encarga de recaudar hasta el último euro de las transacciones vacacionales, estén o no registradas en plataformas. No declararlo puede derivar en una sanción o multa.
Otro error que se repite es el de las deducciones. Es común ahí incluir gastos personales que no tienen demasiada relación con el alquiler vacacional. Esto no es aceptable para Hacienda; lo importante es que deduzcas solo los gastos que puedas probar con facturas y que tengan algún vínculo con el negocio del alquiler turístico. Ahí entraría el mantenimiento, la limpieza o las comisiones de servicios.
Y, por último, otro error más habitual de lo que pensamos y muy peligroso es no presentar la declaración porque crees que ganas poco o que pierdes dinero. Aunque lo pienses, si superas los mínimos que exige la ley, la declaración es obligatoria.
Evitar estos errores no solo te salvará de tener problemas con Hacienda, también te ayudará a hacer que tu negocio sea más rentable desde el punto de vista financiero. Considéralo, merece la pena. Con todo lo que te hemos contado desde Holidu podrás realizar una declaración de la renta que respete la legalidad vigente.
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